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Resolución Nº892/2024 - Adjudicase la licitación pública Nro. 13/2023

Resolución Nº892/2024 

Durazno, 23 de Enero de 2024

 

VISTO: Los presentes obrados referentes a la Licitación Pública número 13/2023 que tiene por objeto  “Consolidación de la Avenida Liber Seregni y alrededores de la ciudad de Durazno”, tramitado en el geo expediente administrativo 2023-7299.

RESULTANDO I): Que se realizaron las publicaciones correspondientes, en tiempo y forma y se le dio al llamado de la especie la difusión pertinente cumpliéndose con todas las formalidades exigidas por la normativa vigente , primando los principios consagrados en el artículo 149 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera.

RESULTANDO II) Que conforme al informe de División Contaduría número 1696/2023 de fecha 21 de Septiembre de 2023, la obra no  se encuentra prevista para el ejercicio 2024 , debiendo imputarse al programa 2020 (Obras de Vialidad Urbana) rubro 5089 y 5389 con disponibilidad prevista al 2024 atento a que se ejecutará en el próximo ejercicio.

RESULTANDO III) Que el día 30 de octubre de 2023 se procedió al acto de apertura de ofertas habiéndose presentado a la misma cuatro empresas: LUBINFOX S.A., BAMILIR S.A., EMILIO DIAZ ALVAREZ S.A., RAMON C ALVAREZ S.A.

RESULTANDO IV) Que del acta de apertura surge que la empresa LUBINFOX S.A. manifiesta que la empresa BAMILIR S.A. no presenta documentación probatoria de antecedentes del subcontrato de mezcla asfáltica.

RESULTANDO V) Que se remitieron las presentes actuaciones al Departamento de Obras  para su informe de acuerdo a los criterios de ponderación establecidos en el Pliego Particular de Condiciones.

RESULTANDO VI) Que del informe técnico del Departamento de Obras de fecha 13 de noviembre de 2023, surge que fue desestimada la oferta de LUBINFOX S.A. por no especificar en su oferta monto de imprevistos , con el respectivo monto imponible y deducción de las leyes sociales lo cual constituye un error insubsanable. Conforme los criterios de Pliego la empresa BAMILIR S.A cumple con los requisitos técnicos requeridos (check list de documentación) y presenta la oferta más económica.

RESULTANDO VII) Que del informe número 1251/2023 de fecha18 de noviembre de 2023, surge que evaluadas las ofertas de BAMILIR S.A., EMILIO DIAZ ALVAREZ S.A., RAMON C ALVAREZ S.A, la empresa BAMILIR S.A. cumple con las especificaciones técnicas requeridas y es económicamente más conveniente, la omisión manifestada por LUBINFOX S.A. respecto de la relación de subcontrato es totalmente subsanable, surgiendo la información del propio expediente sin alterase la oferta presentada por BAMILIR S.A.

CONSIDERANDO I) Que el Pliego Particular de Condiciones estableció criterios cualitativos y cuantitativos para la evaluación de las ofertas en consonancia con lo establecido en el artículo 48 del TOCAF, especificándose que se evaluará la oferta más económica, siempre que la misma cumpla con la totalidad de los requisitos detallados .

CONSIDERANDO II) Que con fecha 22 de noviembre de 2023 reunida la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones, visto el informe del Departamento de Obras que antecede, sugiere se adjudique la presente licitación a la empresa BAMILIR S.A. por un monto total de obra de $55.921.544,68 con IVA y Leyes Sociales incluidas, Monto Imponible $5.928.737,36, siendo el Monto total de comparación de $58.717.621,92 IVA, Leyes Sociales e imprevistos , siendo el Monto imponible de los imprevistos de $296.436,87.

CONSIDERANDO III) Que en el Pliego Particular de Condiciones se especifica que la Administración  se reserva el derecho de aceptar y/o rechazar todas las ofertas cuando no sean convenientes para la Administración o que no se ajusten en forma sustancial al proyecto o llamado a licitación conforme lo establece el artículo 68 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) pudiendo incluso apartarse del dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicaciones.

CONSIDERANDO IV) Que surge de los informe contable número 2347/2023 de fecha 1 de diciembre de 2023, que en atención al monto a adjudicar corresponde imputar el gasto al programa 2020 (Obras de Vialidad Urbana) rubros 5089 y 5389 contando con disponibilidad suficiente respecto del ejercicio 2024.

CONSIDERANDO V) Que se enviaron las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República junto con el expediente administrativo 2023-, el Tribunal por resolución número 3522/2023 dispuso: 1°“Una vez cumplido lo dispuesto por el artículo 67 del TOCAF sin que se presenten objeciones y dictada la Resolución por el Ordenador Competente abiertos los créditos para el Ejercicio 2024, cométase al Contador Delegado ante la Intendencia de Durazno la intervención del gasto, previo control de su imputación en el rubro correspondiente con disponibilidad presupuestal suficiente. 2° Comunicar al Contador Delegado, 3° Devolver las actuaciones”.

CONSIDERANDO VI) Que conforme al artículo 67 del TOCAF, los obrados fueron puestos de manifiestos por el término legal, no recibiéndose impugnación de tipo alguna por los oferentes participantes.

CONSIDERANDO VII) Que se ha cumplido con todos los requisitos exigidos por las normas contenidas en el Pliego Condiciones Generales y Particulares que rige el presente llamado y en las disposiciones contenidas en el Decreto del Poder Ejecutivo N° 95/1991 (T.O.C.A.F), Ley 15.903, normas complementarias y modificativas.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y las facultades legales:

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO

RESUELVE:

1°) ADJUDICACIÓN: Adjudicase la licitación pública Nro. 13/2023 “Consolidación de la Avenida Liber Seregni y alrededores de la ciudad de Durazno”, a  la empresa BAMILIR S.A. por un monto total de comparación de $58.717.621,92 IVA, Leyes Sociales e Imprevistos incluidos, Monto Imponible de $6.225.174,23 de obra e imprevistos, conforme a lo expresado en los Resultando VI y VII y Considerandos II, III.

2°) REMISIÓN: Remítase los presentes obrados al Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República a efectos de lo preceptuado en el Considerando V.

3°) TRAMITE: Efectúense las notificaciones que correspondan, procediéndose posteriormente a suscribir el contrato correspondiente.

4°) DIFUSIÓN: Dese difusión en las páginas web: www.durazno.gub.uy y en www.comprasestatales.gub.uy

5°) Fecho siga al Departamento de Obras y Hacienda, para su conocimiento y demás efectos.

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